martes, 13 de diciembre de 2011

AFAMIPER presenta propuestas de políticas para migrantes peruanos



La Asociación de Familiares de Migrantes Peruanos en el Exterior (AFAMIPER) presentó ante la Comisión de Relaciones Exteriores del Congreso un petitorio denominado "Nueve políticas urgentes para las peruanas y los peruanos en el exterior".

El petitorio que fue respaldado por los miembros de la comisión parlamentaria, señala lo siguiente: 

1)  Creación del “Viceministerio de Gestión y Política Migratoria” dependiente de la Cancillería, con dedicación exclusiva y permanente a la temática, fundamental para un adecuado tratamiento, integral con enfoque de derechos y género en las migraciones, incorporando a las actuales Direcciones especializadas y articulando a todas las demás entidades, niveles y sectores del Estado, a través de la “Mesa Intersectorial para la Gestión Migratoria”, la cual debe incorporar necesariamente un mecanismo permanente de interacción con la sociedad civil involucrada.

2) Creación del “Canon Consular” con el 15% de lo ingresado anualmente a la caja fiscal por concepto del Impuesto General a las Ventas (IGV) a las remesas enviadas al país, para ser destinado exclusivamente a sustentar la política pública hacia ellas y ellos, lo cual no constituye un gasto, sino una inversión de las más redituables para el país, como nuevo componente adicional a los actuales en el presupuesto consular.


3) Creación del Distrito Electoral de los peruanos en el exterior para que postulen y elijan a sus representantes en el Congreso de la República, de manera proporcional, en igualdad y no discriminación con los demás electores/as peruanos/as.

4) Mejoramiento y ampliación de la Ley de Incentivos Migratorios, incluyendo a quienes de manera más urgente necesitan apoyo del Estado para retornar, como las y los deportados por las leyes anti inmigratorias (la Ley de Arizona, la Directiva de Retorno europea, etc.), las víctimas de trata de personas y tráfico ilícito de migrantes, menores no acompañados y otros similares, y a los cuales el Estado está obligado a prestar apoyo por mandato constitucional y de los acuerdos internacionales suscritos, adicionando además cruciales componentes sociales, psicológicos y legales.

5) Implementación de un Programa de Acompañamiento Integral a Familiares de emigradas/os en Perú. Con apoyo psicológico y social en las seis regiones con mayores índices de familiares de emigrados del país: Lima, La Libertad, Ancash, Callao, Junín, Arequipa, y las regiones de frontera: Tacna, Tumbes, Iquitos y Puno.

6) Reformulación completa del actual reglamento de los Consejos de Consulta de los peruanos en el exterior, dotándoles de un mayor grado de vinculación consultiva con los consulados, ampliando sus capacidades de inclusión de las diversas asociaciones y comunidades de connacionales, dotándolas de un mínimo presupuesto para convocatorias a elección y desarrollo de actividades, y definiendo sus responsabilidades, disciplina, respeto y funcionamiento, con evaluación de desempeño y sanciones. Para superar la actual situación de rotundo fracaso de los mismos con apenas 14 Consejos constituidos para un total de 100 Consulados existentes.

7) Creación de una Comisión para estudiar e implementar las formas en que el Banco de la Nación y/o entidades con convenios con éste permitan abaratar al máximo los costos de envío de remesas en dinero al Perú por parte de connacionales y viceversa, de acuerdo a cada país.

8) Aplicación plena por parte del Perú del “Acuerdo sobre Residencia para los nacionales de los Estados parte de MERCOSUR, Bolivia y Chile”, al que Perú adhirió en junio de 2011, a fin de posibilitar la exigencia, por parte del Perú, a los demás siete Estados del Acuerdo para su cumplimiento pleno en beneficio de más de 600 mil peruanos/as residentes en esos países.

9) Creación de una Comisión especializada multisectorial para desarrollar convenios multilaterales que permitan dar solución a los problemas de tuición filial de numerosas madres migrantes que no pueden reunificarse con sus hijos/as debido a las diferencias legislativas en la materia por parte de los países de origen y residencia de hijos/as y padres.

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